Obligación para los conductores de toda clase de camiones y furgones,
independientemente de su masa, de circular por la calzada a cuya entrada esté situada. La inscripción de una cifra de tonelaje, ya sea sobre la silueta del vehículo, ya sea en otra placa suplementaria, significa que la obligación sólo se aplica cuando la masa máxima autorizada del vehículo o del conjunto de vehículos supere la citada cifra.
Señal fabricada en acero galvanizado de 1,8mm bajo NORMA 8.1-IC .
MINISTERIO DE TRANSPORTES , MOVILIDAD Y AGENDA URBANA Con
CERTIFICADO CE
Acabados en señales definitivas:
-NO REFLEXIVA (señal acabada en pintura y vinilo.)
-REFLECTANTE N1 (señal acabado en reflectante nivel1)
-REFLECTANTE N2 (señal acabada en reflectante nivel 2)
-REFLEXTANTE N3 (señales acabadas en nivel 3 pedir presupuesto)